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Ministerio del Trabajo revoca circulares de la pandemia con circular 071 de 2022

A través de la circular externa 0071 del 30 de noviembre del 2022, el Ministerio del Trabajo dejó sin efecto las circulares expedidas en el marco de la pandemia del COVID – 19.

La circular resalta que la emergencia sanitaria ya está superada, razón por la cual, para esta cartera ministerial es necesario dejar sin efectos las circulares expedidas bajo esas condiciones excepcionales y temporales, pues de mantenerlas se podría generar confusiones teniendo en cuenta que ya estamos viviendo en un contexto normal.

Las circulares que quedan sin efectos son:

  • Circular 17 del 2020: Lineamientos mínimos a implementar de promoción y prevención para la preparación, respuesta y atención de casos de enfermedad por COVID-19 (Coronavirus).
  • Circular 21 del 2020: Medidas de protección al empleo con ocasión de la fase de contención de COVID-19 y de la declaración de emergencia sanitaria
  • Circular 22 del 2020: Fiscalización laboral rigurosa a las decisiones laborales de empleadores durante la emergencia sanitaria.
  • Circular 27 del 2020: Prohibición a los empleadores de coaccionar a los trabajadores a tomar licencias no remuneradas.
  • Circular 33 del 2020: Medidas de protección al empleo en la fase de mitigación del nuevo coronavirus covid-19.
  • Circular 41 del 2020: Lineamientos respecto del trabajo en casa.
  • Circular 049 del 2019: Criterios para autorizar la terminación de la relación laboral de trabajadores que se encuentren en condición de discapacidad o de debilidad manifiesta por razones de salud.

Ahora bien, es importante indicar que entre las circulares que quedaron sin efecto se encuentra la 049 del 2019, mediante la cual se establecían los lineamientos a los inspectores de trabajo y seguridad social para estudiar las solicitudes de trámite de autorización de terminación de contrato de trabajo a trabajadores que tuvieran fuero de estabilidad laboral reforzada por salud.

Al respecto el Ministerio del Trabajo indicó que esta circular quedaba sin efecto, toda vez que, fue emitida sin haber tenido en cuenta a las organizaciones sindicales, trabajadores y asociaciones de trabajadores, de tal forma que se estaría violando el artículo 2 de la Constitución Política al no haberlos involucrado cuando se creó la circular. 

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